CAPÍTULO 1
DEFINICIONES
En el presente Reglamento, los términos y expresiones indicadas a continuación tendrán los significados siguientes:
AERÓDROMO
Es toda área delimitada, terrestre o acuática habilitada por la
autoridad aeronáutica y destinada a la llegada, salida y maniobra de
aeronaves en la superficie.
AERÓDROMO CONTROLADO
Aeródromo en que se facilita servicio de control de tránsito aéreo
para el tránsito del aeródromo.
La expresión "aeródromo controlado" indica que se facilita
el servicio de control de tránsito para el tránsito del aeródromo,
pero no implica que tenga que existir necesariamente una zona de control.
AERÓDROMO DE ALTERNATIVA
Aeródromo al que podría dirigirse una aeronave cuando fuere imposible
o no fuera aconsejable dirigirse al aeródromo de aterrizaje previsto
o aterrizar en el mismo. Existen los siguientes tipos de aeródromos de
alternativa.
El aeródromo del que despega un vuelo también puede ser aeródromo de alternativa en ruta o aeródromo de alternativa de destino para dicho vuelo.
AERONAVE
Aeronave es todo vehículo apto para el traslado de personas o cosas,
y destinado a desplazarse en el espacio aéreo, en el que se sustenta
por reacciones del aire con independencia del suelo.
AERODINO
Toda aeronave que, principalmente, se sostiene en el aire, en virtud de fuerzas
aerodinámicas.
AEROPUERTO
Aeródromo público que se encuentra habilitado para la salida y
llegada de aeronaves en vuelos internacionales.
AEROSTATO
Toda aeronave que, principalmente, se sostiene en el aire, en virtud de su fuerza
ascensional.
AEROVÍA
Área de control o parte de ella dispuesta en forma de corredor y equipada
con radioayudas para la navegación.
AFIS
Sigla que se utiliza para identificar el Servicio de Información de Vuelo
de Aeródromo.
ALTITUD
Distancia vertical entre nivel, punto u objeto considerado como punto, y el
nivel medio del mar (MSL).
ALTITUD DE PRESIÓN
Expresión de la presión atmosférica mediante la altitud
que corresponde a esa presión en la atmósfera tipo.
ALTITUD DE TRANSICIÓN
Altitud a la cual, o por debajo de la cual, se controla la posición vertical
de una aeronave por referencia a altitudes.
ALTURA
Distancia vertical entre un nivel, punto u objeto considerado como punto, y
una referencia especificada.
ÁREA DE ATERRIZAJE
La parte de un área de movimiento que está destinada al aterrizaje
o despegue de las aeronaves.
ÁREA DE CONTROL
Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde un límite
especificado sobre el terreno.
ÁREA DE CONTROL
TERMINAL
Área de control establecida generalmente en la confluencia de rutas ATS
en las inmediaciones de uno o más aeródromos principales.
ÁREA DE MANIOBRAS
Aquella parte del aeródromo que debe usarse para el despegue, el aterrizaje
y el rodaje de aeronaves, excluyendo las plataformas.
ÁREA DE MOVIMIENTO
La parte del aeródromo que ha de utilizarse para el despegue, el aterrizaje
y el rodaje de aeronaves, y está integrada por el área de maniobras
y la (s) plataforma (s).
ÁREA DE SEÑALES
Área de un aeródromo utilizada para exhibir señales terrestres.
ASCENSO EN CRUCERO
Técnica de crucero de un avión, que resulta en un incremento neto
de altitud a medida que disminuye el peso del avión.
ASESORAMIENTO ANTICOLISIÓN
Asesoramiento prestado por una dependencia se Servicio de Transito Aéreo,
con indicación de maniobras específicas paro ayudar a piloto a
evitar una colisión.
AUTORIDAD AERONÁUTICA
COMPETENTE
La Dirección General de Aeronáutica Civil.
AUTORIDAD ATS COMPETENTE
La autoridad de la ATS apropiada, responsable de proporcionar los servicios
de tránsito aéreo en el espacio aéreo de su jurisdicción.
AUTORIDAD COMPETENTE
AUTORIZACIÓN DE
CONTROL DE TRANSITO AÉREO
Autorización para que una aeronave proceda en condiciones especificadas
por una dependencia de control de tránsito aéreo.
AVIÓN (AEROPLANO)
Aeronave más pesada que el aire, propulsada mecánicamente, que
debe su sustentación en vuelo principalmente a reacciones aerodinámicas
ejercidas sobre superficies que permanecen fijas en determinadas condiciones
de vuelo.
CALLES DE RODAJE
Vía definida en un aeródromo terrestre, establecida para el rodaje
de aeronaves y destinada a proporcionar enlace entre una y otra parte de aeródromo,
comprendido:
CATEGORÍA DEL
VUELO
Indicación respecto a si debe concederse o no trato especial a una aeronave
dada.
CENTRO DE CONTROL DE
ÁREA
Dependencia establecida para facilitar servicio de control do tránsito
aéreo a los vuelos controlados en las áreas de control bajo su
jurisdicción.
CENTRO DE INFORMACIÓN
DE VUELO
Dependencia establecida para facilitar servicio de información de vuelo
y servicio de alerta.
CLASES DE ESPACIO AÉREO
DE LOS SERVICIOS DE TRANSITO AÉREO
Partes del espacio aéreo de dimensiones definidas, designadas alfabéticamente,
dentro de las cuales pueden realizarse tipos de vuelos específicos y
para los cuales se determinan servicios de tránsito aéreo y reglas
de operación.
El espacio aéreo ATS de clasifica en Clase A a G, como se indica en el
Apéndice "D" del DAR-11.
CONDICIONES METEOROLÓGICAS
DE VUELO POR INSTRUMENTOS
Condiciones meteorológicas expresadas en términos de visibilidad,
distancia desde las nubes y techo de nubes, inferiores a las mínimas
especificadas para las condiciones meteorológicas de vuelo visual.
CONDICIONES METEOROLÓGICAS
DE VUELO VISUAL
Condiciones meteorológicas expresadas en términos de visibilidad,
distancia desde las nubes y techo de nubes, iguales o mejores que las mínimas
especificadas.
CREPÚSCULO CIVIL
Es el lapso crepuscular que precede a la salida del sol (Crepúsculo Civil
Matutino) y el que sigue desde que éste se pone hasta que es de noche
(Crepúsculo Civil Vespertino) Comienza el Crepúsculo Civil Matutino
y termina el Crepúsculo Civil Vespertino, cuando el centro del disco
solar está a seis grados por debajo del horizonte verdadero.
DEPENDENCIA DE CONTROL
DE TRANSITO AÉREO
Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los
centros de control de área, oficinas de control de aproximación
o torres de control de aeródromo.
DEPENDENCIA DE SERVICIO
DE TRANSITO AÉREO
Expresión genérica que se aplica, según el caso, a las
dependencias de control de tránsito aéreo, a los centros de información
de vuelo o a las oficinas de notificación de los servicios de tránsito
aéreo.
DERROTA (TRACK)
La proyección sobre la superficie terrestre de la trayectoria de una
aeronave, cuya dirección en cualquier punto se expresa generalmente en
grados a partir del Norte (geográfico, magnético o de la cuadrícula).
DÍA
Las horas comprendidas entre el comienzo del crepúsculo civil matutino
y el fin del crepúsculo civil vespertino, o de cualquier otro período
que especifique la autoridad correspondiente.
DURACIÓN TOTAL
PREVISTA
En el caso de los vuelos IFR, el tiempo que se estima necesario a partir del
momento del despegue para llegar al punto designado, definido con relación
a las ayudas para la navegación, desde el cual se tiene la intención
de iniciar un procedimiento de aproximación por instrumentos o, si no
existen ayudas para la navegación asociadas con el aeródromo de
destino, para llegar a la vertical de dicho aeródromo. En el caso de
los vuelos VFR, el tiempo que se estima necesario a partir del momento del despegue
para llegar a la vertical del aeródromo de destino.
ELEVACIÓN
Distancia vertical entre un punto o un nivel de la superficie de la tierra,
o unido a ella, y el nivel medio del mar.
ESPACIO AÉREO
CON SERVICIO DE ASESORAMIENTO
Espacio aéreo de dimensiones definidas, o rutas designadas, dentro de
los cuales se proporciona servicio de asesoramiento de tránsito aéreo.
ESPACIO AÉREO
CONTROLADO
Espacio aéreo de dimensiones definidas dentro del cual se facilita servicio
de control de tránsito aéreo a los vuelos IFR y a los vuelos VFR
de conformidad con la clasificación del espacio aéreo. Espacio
Aéreo Controlado es una expresión genérica que abarca las
Clases A - B - C - D y E del espacio ATS (Ver Apéndice "D"
del DAR-ll).
ESTACIÓN AERONÁUTICA
Estación terrestre del servicio móvil aeronáutico. En ciertos
casos, la estación aeronáutica puede estar instalada, por ejemplo,
a bordo de un barco o de una plataforma sobre el mar.
ESTACIÓN DE RADIO
DE CONTROL AEROTERRESTRE
Estación de telecomunicaciones aeronáuticas que, como principal
responsabilidad, tiene a su cargo las comunicaciones relativas a la operación
y control de aeronaves en determinada área.
GLOBO LIBRE NO TRIPULADO
Aeróstato sin tripulación propulsado por medios no mecánicos,
en vuelo libre (véase Apéndice B).
HORA PREVISTA DE APROXIMACIÓN
Hora a la que el ATC prevé que una aeronave que llega, después
de haber experimentado una demora, abandonará el punto de espera para
completar su aproximación para aterrizar.
HORA PREVISTA DE LLEGADA
En los vuelos IFR, la hora a la cual se prevé que la aeronave llegará
sobre un punto designado, definido con referencia a las ayudas para la navegación,
a partir del cual se iniciará un procedimiento de aproximación
por instrumentos, o, si el aeródromo no está equipado con ayudas
para la navegación, la hora a la cual la aeronave llegará sobre
el aeródromo. Para los vuelos VFR, la hora a la cual se prevé
que la aeronave llegará sobre el aeródromo.
HORA PREVISTA DE FUERA
CALZOS
Hora estimada en la cual la aeronave iniciará el desplazamiento asociado
con la salida.
IFR
Símbolo usado para designar las reglas de vuelo por instrumentos.
IMC
Símbolo utilizado para designar las condiciones meteorológicas
de vuelo por instrumentos.
INFORMACIÓN DE
TRANSITO
Información expedida por una dependencia de servicios de tránsito
aéreo para alertar al piloto sobre otro tránsito conocido u observado
que pueda estar cerca de la posición o ruta prevista de vuelo y para
ayudar al piloto a evitar una colisión.
LIMITE DE AUTORIZACIÓN
Punto hasta el cual se concede a una aeronave autorización de control
de tránsito aéreo.
MIEMBRO DE LA TRIPULACIÓN
Persona que tiene asignadas ciertas funciones dentro de una aeronave en vuelo,
sean o no éstas esenciales para la operación de la misma.
MIEMBRO DE LA TRIPULACIÓN
DE VUELO
Miembro de la tripulación, titular de licencia, a quien se asignan obligaciones
esenciales para la operación de la aeronave durante el tiempo de vuelo.
NIVEL
Término genérico referente a la posición vertical de una
aeronave en vuelo, que significa indistintamente altura, altitud o nivel de
vuelo.
NIVEL DE CRUCERO
Nivel que se mantiene durante una parte apreciable del vuelo.
NIVEL DE VUELO
Superficie de presión atmosférica constante relacionada con una
determinada referencia de presión, 1 013,2 hectopascales (hPa) y que
está separada de otras superficies análogas por determinados intervalos
de presión.
Cuando un baroaltímetro del tipo de presión calibrado de acuerdo
con la atmósfera tipo:
Los términos "altura" y "altitud" usados en las letras a) y b) anteriores, indican alturas y altitudes altimétricas más bien que alturas y altitudes geométricas.
NOCHE
Las horas comprendidas entre el fin del crepúsculo civil vespertino y
el comienzo del crepúsculo civil matutino, o de cualquier otro período
que especifique la autoridad correspondiente.
OFICINA DE CONTROL DE
APROXIMACIÓN
Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito
aéreo a los vuelos controlados que lleguen a uno o más aeródromos
o salgan de ellos.
OFICINA DE NOTIFICACIÓN
DE LOS SERVICIOS DE TRANSITO AÉREO
Oficina creada con objeto de recibir los informes referentes a los servicios
de tránsito aéreo y los planes de vuelo que se presentan antes
de la salida.
OPERACIÓN AÉREA
MILITAR
Para los efectos del presente Reglamento, Operación Aérea Militar
es toda actividad aérea determinada como tal por la autoridad militar
institucional pertinente, realizada por aeronaves militares, cuyo objeto sea
esencial para la Defensa Nacional.
OPERACIÓN AÉREA
POLICIAL
Para los efectos del presente Reglamento, Operación Aérea Policial
es toda actividad aérea ' determinada como tal por la autoridad policial
institucional pertinente, realizada por aeronaves de Carabineros o de Policía
de Investigaciones de Chile, cuyo objeto sea garantizar el orden público
-y la seguridad pública interior.
PILOTO AL MANDO DE LA
AERONAVE
Piloto responsable del funcionamiento y seguridad de la aeronave durante el
tiempo de vuelo.
PISTA
Área rectangular definida en un aeródromo terrestre preparada
para el aterrizaje y el despegue de las aeronaves.
PLAN DE VUELO
Información especificada que, respecto a un vuelo proyectado o a parte
de un vuelo de una aeronave, se somete a las dependencias de los servicios de
tránsito aéreo.
PLAN DE VUELO ACTUALIZADO
Plan de vuelo que comprende las modificaciones, si las hay, que resultan de
incorporar autorizaciones posteriores.
PLAN DE VUELO PRESENTADO
El plan de vuelo, tal como ha sido presentado a la dependencia ATS por el piloto
o su representante designado, sin ningún cambio subsiguiente.
PLAN DE VUELO REPETITIVO
(RPL)
Planes de vuelo relativos a cada uno de los vuelos regulares que se realizan
frecuentemente con idénticas características básicas, presentados
por los explotadores para que las dependencias de los servicios de tránsito
aéreo (ATS) los conserven y utilicen repetidamente.
PLATAFORMA
Área definida, en un aeródromo terrestre, destinada a dar cabida
a las aeronaves, para los fines de embarque o desembarque de pasajeros, correo
o carga, abastecimiento de combustible, estacionamiento o mantenimiento.
PROCEDIMIENTO DE APROXIMACIÓN
POR INSTRUMENTOS
Serie de maniobras predeterminadas realizadas por referencia a los instrumentos
de a bordo, con protección específica contra los obstáculos
desde el punto de posición inicial o, cuando proceda, desde el principio
de una ruta definida de llegada hasta un punto a partir del cual sea posible
hacer el aterrizaje; y si éste no se realiza, hasta una posición
en la cual se apliquen los criterios de circuito de espera o de margen de franqueamiento
de obstáculos en ruta.
PUBLICACIÓN DE
INFORMACIÓN AERONÁUTICA
La publicada por la Dirección General de Aeronáutica Civil, que
contiene información aeronáutica de carácter duradero,
indispensable para la navegación aérea.
PUNTO DE CAMBIO
El punto en el cual una aeronave que navega en un tramo de una ruta ATS definido
por referencia a los radiofaros omnidireccionales VHF, se espera que transfiera
su referencia de navegación primaria, de la instalación por detrás
de la aeronave a la instalación inmediata por delante de la aeronave.
PUNTO DE NOTIFICACIÓN
Lugar geográfico especificado, con referencia al cual una aeronave puede
notificar su posición.
PUNTO DE NOTIFICACIÓN
FACULTATIVO ATS
Lugar geográfico especificado de acuerdo con las necesidades de los Servicios
de Tránsito Aéreo en cuanto a informes de posición adicionales,
cuando las condiciones de tránsito así lo exijan.
PUNTO DE NOTIFICACIÓN
OBLIGATORIO
Lugar geográfico especificado, con referencia al cual una aeronave debe
notificar su posición.
REGIÓN DE INFORMACIÓN
DE VUELO
Espacio aéreo de dimensiones definidas, dentro del cual se facilitan
los servicios de información de vuelo y de alerta.
RODAJE
Movimiento autopropulsado de una aeronave sobre la superficie de un aeródromo,
excluido el despegue y el aterrizaje pero, en el caso de helicópteros,
incluido el movimiento sobre la superficie de un aeródromo dentro de
una banda de altura asociada con el efecto del suelo y a velocidades asociadas
con el rodaje, por ejemplo, rodaje aéreo.
RUMBO (de la aeronave)
La dirección en que apunta el eje longitudinal de una aeronave, expresada
generalmente en grados respecto al Norte (geográfico, magnético,
de la brújula o de la cuadrícula).
RUTA ATS
Ruta especificada que se ha designado para canalizar la corriente del tránsito
según sea necesario, para proporcionar servicio de tránsito aéreo.
Esta expresión se aplica, según el caso, a aerovías, rutas
con asesoramiento, rutas con o sin control y rutas de llegada o salida.
RUTA CON SERVICIO DE
ASESORAMIENTO
Ruta designada lo largo de la cual se proporciona servicio de asesoramiento
de tránsito aéreo.
SERVICIO DE ALERTA
Servicio suministrado para notificar a los organismos pertinentes respecto a
aeronaves que necesitan ayuda de búsqueda y salvamento, y auxiliar a
dichos organismos, según convenga.
SERVICIO DE ASESORAMIENTO
DE TRANSITO AÉREO (ATS)
Servicio que se suministra en el espacio aéreo con asesoramiento para
que, dentro de lo posible, se mantenga la debida separación entre las
aeronaves que operan según planes de vuelo IFR.
SERVICIO DE CONTROL DE
AERÓDROMO
Servicio de control de tránsito aéreo (servicios para el tránsito
de aeródromo).
SERVICIO DE CONTROL DE
APROXIMACIÓN
Servicio de control de tránsito aéreo para la llegada y salida
de vuelos controlados.
SERVICIO DE CONTROL DE
ÁREA
Servicio de control de tránsito aéreo para los vuelos controlados
en las áreas de control.
SERVICIO DE CONTROL DE
TRANSITO AÉREO
Servicio suministrado con el fin de:
SERVICIO DE INFORMACIÓN
DE VUELO
Servicio cuya finalidad es aconsejar y facilitar información útil
para la realización segura y eficaz de los vuelos.
SERVICIO DE INFORMACIÓN
DE VUELO DE AERÓDROMO
Servicio de información de vuelo y alerta que se provee a todas las aeronaves
que se dirijan a aterrizar o despegar de aeródromos no controlados.
SERVICIO DE TRANSITO
AÉREO (ATS)
Expresión genérica que se aplica, según el caso, a los
servicios de información de vuelo, alerta, asesoramiento de tránsito
aéreo, control de tránsito aéreo, (servicios de control
de área, control de aproximación o control de aeródromo).
TECHO DE NUBES
Altura a que, sobre la tierra o el agua, se encuentra la base de la capa inferior
de nubes por debajo de 6 000 m (20 000 pies) y que cubre más de la mitad
del cielo.
TIEMPO DE VUELO
Tiempo total transcurrido desde el momento en que una aeronave . comienza a
moverse por su propia fuerza, con el objeto de despegar hasta que se detiene
al finalizar el vuelo.
TORRE DE CONTROL DEL
AERÓDROMO
Dependencia establecida para facilitar servicio de control de tránsito
aéreo al tránsito de aeródromo.
TRANSITO AÉREO
Todas las aeronaves que se hallan en vuelo, y las que circulan por el área
de maniobras de un aeródromo.
TRANSITO DE AERÓDROMO
Todo el tránsito que tiene lugar en el área de maniobras de un
aeródromo, y todas las aeronaves que vuelen en las inmediaciones del
mismo.
Se considera que una aeronave está en las inmediaciones de un aeródromo,
cuando está operando dentro de la zona de tránsito de aeródromo,
o cuando está dentro del circuito de tránsito de aeródromo,
o bien entrando o saliendo del mismo.
VFB
Símbolo usado para designar las reglas de vuelo visual.
VISIBILIDAD
Distancia determinada por las condiciones atmosféricas y expresada en
unidades de longitud, a que pueden verse e identificarse durante el día,
objetos prominentes no iluminados y durante la noche, objetos prominentes iluminados.
VISIBILIDAD EN TIERRA
Visibilidad en un aeródromo, indicada por un observador competente .
VISIBILIDAD EN VUELO
Visibilidad hacia adelante desde el puesto de pilotaje de una aeronave en vuelo.
VMC
Símbolo utilizado para designar las condiciones meteorológicas
de vuelo visual.
VUELO ACROBÁTICO
Maniobras realizadas intencionalmente con una aeronave, que implican un cambio
brusco en su posición, o una posición o variación de velocidad
anormales.
VUELO CONTROLADO
Todo vuelo que esté supeditado a una autorización de control de
tránsito aéreo.
VUELO LOCAL
Es el que comienza y finaliza en el aeródromo de origen y se realiza
dentro de un radio de 50 Kms (27 millas náuticas), medidos desde el punto
de referencia del aeródromo de salida o en zonas previamente designadas
por la autoridad ATS competente VUELO IFR
Vuelo efectuado de acuerdo con las reglas de vuelo por instrumentos .
VUELO VFR
Vuelo efectuado de acuerdo a las reglas de vuelo visual.
VUELO VFR NOCTURNO
Vuelo realizado durante el período comprendido entre el fin del crepúsculo
civil vespertino (FCCV) y el comienzo del crepúsculo civil matutino (CCCM),
de acuerdo a las reglas de vuelo visual y a los requisitos que establezca la
autoridad aeronáutica competente.
VUELO VFR ESPECIAL
Vuelo VFR al que el control de tránsito Aéreo ha concedido autorización
que se realice dentro de una zona de control en condiciones meteorológicas
inferiores a las VMC.
ZONA DE CONTROL
Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde la superficie
terrestre hasta un límite superior especificado.
ZONA DE TRANSITO DE AERÓDROMO
Espacio aéreo controlado que se extiende hacia arriba desde la superficie
terrestre hasta un límite superior especificado.
ZONA PELIGROSA
Espacio aéreo de dimensiones definidas en el cual pueden desplegarse
en determinados momentos, actividades peligrosas para el vuelo de las aeronaves.
ZONA PROHIBIDA
Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas
jurisdiccionales de un Estado, dentro del cual está prohibido el vuelo
de las aeronaves.
ZONA RESTRINGIDA
Espacio aéreo de dimensiones definidas sobre el territorio o las aguas
jurisdiccionales de un Estado, dentro del cual está restringido el vuelo
de las aeronaves de acuerdo con determinadas condiciones especificadas.